Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

Comunicación de la Junta de Castilla y León

Redes Sociales

  • X. Abre una nueva ventana
  • Facebook. Abre una nueva ventana
  • Youtube. Abre una nueva ventana
Contenido principal. Saltar al inicio.

El Consejo de Gobierno aprueba la modificación de la estructura de las consejerías de la Presidencia y de Empleo

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se modifican las estructuras orgánicas de las consejerías de la Presidencia y de Empleo. Con ello, se perfilan las competencias y se busca una mayor eficacia con una modificación en la distribución de funciones entre los diferentes centros directivos.

Consejo de Gobierno del 29 de septiembre de 2016

Castilla y León | Consejería de Economía y Hacienda

Este nuevo decreto supone la modificación del Decreto 40/2015, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia. En concreto, ahora, dependerá directamente de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, la Inspección General de los Servicios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y la competencia de elaborar, coordinar y supervisar los planes y programas en materia de calidad y evaluación del funcionamiento de los servicios.

Otra de las modificaciones que incluye este decreto es que la Viceconsejería de Ordenación del Territorio y Relaciones institucionales asume directamente las relaciones de la Junta de Castilla y León con las Cortes de Castilla y León y las relaciones con el Estado. Anteriormente, las funciones que asumen las viceconsejerías, aunque estaban en su área de competencia, las ejercían a través de una Dirección General. Y por último, este decreto atribuye a la Secretaría General de la Consejería de la Presidencia, la asistencia y apoyo al vicepresidente de la Junta en el ejercicio de sus funciones.

A su vez, este decreto aprobado hoy también contempla modificaciones en el Decreto 42/2015, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo. En concreto, atribuyendo directamente a la Viceconsejería de Empleo y Diálogo Social las competencias de impulso y coordinación del diálogo social con los representantes de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas; el impulso del diálogo con los representantes de los trabajadores autónomos; y el impulso y la coordinación de la Agenda para la Población.