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La Junta aprueba el proyecto de ley por el que se modifican la organización y el funcionamiento de las instituciones propias de la Comunidad de Castilla y León

El Consejo de Gobierno ha aprobado este proyecto de ley, basado en los principios de eficiencia y mantenimiento de autonomía de las instituciones propias, que permitirá el ahorro de algo más de 2,5 millones de euros a partir de las novedades introducidas en materia de organización y funcionamiento del Consejo Económico y Social, Procurador del Común, Consejo Consultivo y Consejo de Cuentas. Con este proyecto, el Gobierno autonómico cumple uno de los compromisos adquiridos por el presidente de la Junta en el último Debate de Política General, y el acuerdo en materia de instituciones propias suscrito entre la Junta, el Partido Popular y el PSOE de Castilla y León, que contemplaba las modificaciones de la organización y funcionamiento de estos órganos de la Comunidad.

Consejo de Gobierno del 21 de febrero de 2013

Castilla y León | Consejería de la Presidencia

Las modificaciones incluidas en el proyecto de ley sobre la organización y el funcionamiento de las instituciones propias garantizan el mantenimiento de la autonomía en el desempeño de sus funciones y la ampliación de estas, la unificación de aspectos administrativos en aras de una mayor eficiencia –por ejemplo, disponer de una única secretaría general de apoyo a las instituciones- y, como consecuencia de todo ello, un ahorro presupuestario de algo más de 2,5 millones de euros.

Este ahorro supone aproximadamente un 20 % del coste total presupuestado para las instituciones propias, y que para el año 2013 será de 12.200.126 euros. En el periodo de elaboración del proyecto de ley, las instituciones han tenido oportunidad de trasladar sus sugerencias a la Consejería de la Presidencia. También se ha publicado en el espacio de participación, ubicado en el Portal de Gobierno Abierto de la página web de la Junta de Castilla y León, en el que todos los ciudadanos han aportado las sugerencias que han considerado oportunas.

Una secretaría general de apoyo a las instituciones

Se crea, en las Cortes, una secretaría general de apoyo a las instituciones propias, bajo la dependencia de su Presidencia, y esta será competente en el nombramiento del titular de la secretaría. Desempeñará, según el proyecto de ley, las funciones de gestión de material necesarias para el funcionamiento ordinario de las cuatro instituciones en materia de personal, régimen interior, contratación, gestión económica y presupuestaria, asesoramiento jurídico, intervención, fiscalización y contabilización. Será la Presidencia de las Cortes el órgano de contratación para los contratos comunes a dos o más instituciones; los de presupuesto igual o superior a dos millones de euros; o la contratación de estudios o trabajos técnicos.

El proyecto de ley también recoge aspectos referentes a la reducción del plazo de emisión de los informes, de 30 a 20 días, tanto para el Consejo Económico y Social como el Consejo Consultivo. Igualmente es reseñable que de los seis miembros del CES que actualmente nombra la Junta, el Gobierno autonómico pasará a designar solo cuatro y los dos restantes serán nombrados por las Cortes.

Los presidentes de las instituciones propias podrán desempeñar sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial, se establece el régimen de incompatibilidades y retribuciones en ambos supuestos. En el caso del CES la dedicación parcial del presidente requerirá de la aprobación por parte de dos tercios del pleno del CES. Si la dedicación es exclusiva, las retribuciones serán las mismas que reciben ahora; en el supuesto de dedicación parcial, cobrarían un tercio del importe que recibirían si tuvieran dedicación exclusiva.

Los presidentes de las cuatro instituciones podrán desempeñar su cargo por un máximo de dos mandatos; hasta ahora solo el Procurador del Común tenía establecido este límite, que ahora se extiende a las otras tres instituciones. Se unifica la duración de los mandatos de los consejeros de Cuentas y del Consultivo a cuatro años, de esta forma se equiparan a la duración de los mandatos de los miembros del CES.

Los presupuestos del Consejo Consultivo y del Consejo Económico y Social pasan a ser una sección dentro del presupuesto de las Cortes, igual que sucede en la actualidad para el Procurador del Común y el Consejo de Cuentas. El nombramiento de los miembros del CES y su presidente, así como el nombramiento de los consejeros del Consultivo y su presidente, se realizará por las Cortes, en lugar de por decreto, como sucedía hasta ahora.

Ampliación de funciones de las instituciones propias

La aprobación de este proyecto de ley presenta algunas novedades referentes a la ampliación de las funciones de las instituciones propias. Así, en el Consejo Económico y Social se crea un grupo de enlace con la sociedad civil organizada, de modo que organizaciones que hasta ahora no tienen representación en el CES -como protección a la infancia, familia, juventud, mujer, mayores, discapacitados o inmigrantes- puedan tenerla en esta institución, sin coste adicional. El CES sigue informando sobre todos los decretos y proyectos de ley relacionados con la política socioeconómica y se amplían sus funciones, puesto que ahora pueden conocer los proyectos de leyes singulares con contenido socioeconómico.

En aplicación del principio de eficiencia, también se modifican algunas funciones del Consejo Consultivo. Así, los expedientes de responsabilidad patrimonial sólo requerirán de dictamen del consultivo si superan los 50.000 euros; hasta ahora, esta institución es consultada en todos aquellos expedientes que superan la cuantía de 1.000 euros. A su vez, las transacciones judiciales o extrajudiciales sobre los derechos de contenido económico de la Junta solo requerirán de dictamen cuando superen los 500.000 euros; hasta ahora, el Consultivo debe dictaminar todos y ello supone una demora en las transacciones y, como consecuencia, que se impida un acuerdo que suponga un beneficio para la Comunidad.

Según el nuevo proyecto de ley, el Consejo Consultivo dictaminará los acuerdos de colaboración dirigidos a acciones de proyección exterior de la Comunidad, a propuesta del propio consejo. El texto profundiza en el deber de colaboración con el Consejo de Cuentas delimitando quiénes son los sujetos obligados así como las consecuencias de no cumplir los requerimientos. Establece asimismo que los remanentes que se pudiesen producir en las cuatro instituciones propias se incorporarán a los presupuestos de las consejerías sociales. El Gobierno va a solicitar a las Cortes la tramitación de este proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.